El proyecto de ley contra las bacrim: una oportunidad desaprovechada
El proyecto de ley contra las bacrim: una oportunidad desaprovechada
Crimes against the Climate: Violence and Deforestation in the Amazon
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Op-Ed / Latin America & Caribbean 3 minutes

El proyecto de ley contra las bacrim: una oportunidad desaprovechada

Por fin se empezará a discutir en el Congreso un marco legal para el sometimiento de las Bacrim. Pero para que sea realmente útil se necesitaría una propuesta más audaz.

Parece haber un nuevo aire de optimismo en la lucha contra las denominadas bandas criminales (Bacrim). Hace unas semanas fue abatido Pijarbey, el jefe de los Libertadores del Vichada. Pocos días después cayó Megateo, el líder de una disidencia del Ejército Popular de Liberación (EPL) que para muchos era una organización criminal. Y, según la prensa, la fuerza pública ya está muy cerca a Otoniel, la cabeza de los Urabeños.

Sin embargo, la eliminación de los líderes será solo una parte, y no la más importante, de la solución. Como señaló Crisis Group hace más que tres años después del sometimiento a la justicia del Ejército Revolucionario Popular Antiterrorista de Colombia (ERPAC), hace falta un marco legal coherente e integral que facilite que los miembros rasos de estos grupos salgan de la violencia, que garantice el desmantelamiento efectivo de las estructuras criminales y que proteja los derechos de las víctimas.

En este sentido, el marco legal para el “sometimiento a la justicia de organizaciones criminales” que está por discutirse en el Congreso como parte de una compleja reforma al sistema penal acusatorio, es un paso en la dirección correcta. Pero la aproximación exclusivamente penalista al problema limitará su efectividad.

Hay aspectos positivos. El proyecto establece un procedimiento claro que evitaría los problemas operativos que minaron el sometimiento del ERPAC. También ofrece garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y reparación y establece que la investigación criminal deberá tener en cuenta el contexto en el que ocurrieron los hechos. Esto permitirá obtener un panorama más completo de la actividad de los grupos, de su impacto humanitario y de sus vínculos con otros actores, como la fuerza pública, políticos o empresarios locales.

Pero existen por lo menos tres problemas.

Primero, la negociación entre la Fiscalía y los miembros de las organización criminal crea incentivos para que la investigación se concentre en los crímenes menos graves. Siendo éstos los más fáciles y rápidos de probar, se podría crear en la practica un serio obstáculo para revelar e imputar los crímenes más graves, como por ejemplo el reclutamiento y la utilización de menores, el desplazamiento o la violencia sexual.

Segundo, no es muy claro cómo las víctimas pueden acceder a una reparación integral. El proyecto delega la reparación a un proceso judicial ordinario de naturaleza civil. Pero este mecanismo difícilmente funcionará bien, vista la notoria desproporción entre víctimas y victimarios, los temores a presentar demandas contra líderes de las Bacrim y la reconocida lentitud judicial.

Finalmente, simplemente meter a la cárcel a los miembros de una Bacrim por unos años, aún cuando satisfaga un criterio mínimo de justicia, no garantiza el fin de la violencia. El mismo Pijarbey regresó al monte donde fue muerto después de purgar la mayor parte de una sentencia de cuatro años de cárcel.

Estos problemas tienen un origen común. Se quiere evitar que el sometimiento sea visto como una negociación de paz bajo otro nombre o como un mecanismo más de justicia transicional. Eso es razonable. Nadie sugiere que una negociación con una Bacrim deba parecerse a las conversaciones en La Habana. Ni se justificaría emplear los mismos instrumentos judiciales para tratar de igual manera a la guerrilla y a los miembros de una banda criminal. Pero diferenciar tan categóricamente los actores, y escoger una opción judicial como única respuesta frente a un problema muy complejo desconoce que las bandas surgieron y se consolidaron en el contexto del conflicto armado y que su impacto en la población civil es parecido, si bien no idéntico, al producido por los paramilitares que sí fueron considerados parte del conflicto.

También lleva a prácticas poco consistentes y, en cierta medida, discriminatorias. Mientras un niño desvinculado de la guerrilla ingresa a un programa del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) para la restitución de sus derechos, los menores separados de los Bacrim corren el riesgo de ser llamados a rendir cuentas ante la justicia. Además, dos víctimas del mismo hecho pueden hoy tener perspectivas de reparación muy distintas, simplemente porque una es considerada como víctima del “conflicto” y la otra como víctima de la “delincuencia”.
 
El reconocimiento de que, en el caso colombiano, es muy difícil separar el conflicto del crimen debería llevar al legislador a abrir la Ley de Victimas a las víctimas de las Bacrim. Siguiendo la misma lógica también se debería considerar abrir, bajo ciertas condiciones, el programa de la Agencia Colombiana de Reintegración (ACR) a los miembros de las Bacrim que se han sometido a la justicia.

Indudablemente tales ajustes tendrían costos políticos y fiscales. Pero es el precio que hay que pagar para tener un marco legal más ajustado a la evolución del conflicto colombiano, más favorable a los derechos de las víctimas, y más creíble para los miembros de las Bacrim. 

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